En fecha 26 de Febrero se publicó en el Boletín Oficial la Resolución INPI P-063/2026, que introduce un cambio trascendental en la gestión de trámites ante la Dirección Nacional de Marcas. A partir del 1° de marzo de 2026, se implementará el sistema de notificación electrónica en la sede del usuario, conforme lo previsto en el artículo 7° del Anexo I de la Resolución INPI P-250/2018.
Este nuevo régimen busca modernizar y agilizar la comunicación entre el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) y los usuarios, eliminando demoras y optimizando la seguridad jurídica en los plazos procesales.
1. Actos que serán notificados electrónicamente
De acuerdo con la sustitución del artículo 5° del Anexo I de la Resolución INPI P-123/2019, se notificará exclusivamente en la sede electrónica del usuario:
- Vistas.
- Traslados.
- Resoluciones de recursos de reconsideración y jerárquicos.
- Denuncias de ilegitimidad, cuando sean tratadas.
- Actos interlocutorios dictados en el marco de los trámites.
En estos casos, los plazos comenzarán a computarse desde el día siguiente a la notificación electrónica.
2. Actos que seguirán publicándose en el Boletín de Marcas
Se mantiene la publicación en el Boletín de Marcas para:
- Toda resolución final dictada por la Dirección Nacional de Marcas.
- Resoluciones que declaren la falta de mantenimiento de una oposición.
En estos supuestos, los plazos para impugnaciones se computarán desde el día siguiente a la publicación en el Boletín de Marcas.
3. Eliminación de la suspensión de 30 días
Uno de los cambios más relevantes es la supresión de la suspensión de 30 días que antes operaba tras la publicación en el Boletín de Marcas. Ahora, los plazos correrán directamente desde la notificación electrónica o desde la publicación en el Boletín, según corresponda, sin suspensión adicional.
4. Tomas de intervención y actualización del domicilio electrónico
La Resolución establece que:
- Las tomas de intervención en trámites ante la Dirección Nacional de Marcas.
- La constitución de un nuevo domicilio legal electrónico.
Deberán realizarse obligatoriamente a través de la opción:
“Marcas / Trámites / Toma de Intervención” en el Portal de Trámites del INPI.
La información ingresada tendrá carácter de declaración jurada, siendo el usuario responsable de su veracidad y exactitud. Además, la nueva funcionalidad del Portal permitirá mantener actualizada la sede electrónica, garantizando la correcta recepción de notificaciones.
5. Vigencia
La Resolución INPI P-063/2026 entrará en vigencia el 1° de marzo de 2026, fecha a partir de la cual será plenamente operativo el sistema de notificación electrónica en la sede del usuario.
Conclusión
Este cambio marca un paso decisivo hacia la digitalización de los trámites de propiedad industrial en Argentina. La notificación electrónica no solo agiliza los procesos, sino que también otorga mayor certeza en el cómputo de plazos, eliminando demoras innecesarias y fortaleciendo la seguridad jurídica de los usuarios.
